Revista Consumer
nº 59  Octubre 2002

Transgénicos en los alimentos
La presencia es ínfima y se debe a una contaminación difícilmente evitable

Se analizaron 107 alimentos elaborados, con la finalidad de identificar los que contenían organismos modificados genéticamente (OGM) o sus derivados, y, en su caso, cuantificar la proporción en que se encontraba ese contenido transgénico. Asimismo, se comprobó si los productos que contenían material transgénico cumplían la norma de etiquetado.

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Aunque se conocen una gran variedad de organismos modificados genéticamente (OGM), los más significativos entre nosotros son tres correspondientes al maíz (Bt-176, Bt-11 y Mon-810) y uno a la soja (RR-soja). El análisis ha estudiado estos OGM, los cuatro autorizados en la UE si bien para productos destinados a la alimentación humana sólo se admiten dos: el RR-soja y el Bt-176. Se han incluido el Bt-11 y Mon-810 porque son los más cultivados en Europa.

Un organismo modificado genéticamente (OGM) se obtiene al introducir un fragmento de ADN de una especie en el ADN de otra. De esta forma se obtiene el mismo organismo principal pero con la información añadida de otra especie. Para que la UE admita un OGM para su uso en el campo de la alimentación tiene que superar que cumplir unos protocolos y controles de seguridad muy estrictos.

Estos 107 productos no se eligieron al azar, sino porque -al incluir entre sus ingredientes maiz o soja, o algunos de sus derivados- figuran entre los más susceptibles de contener transgénicos. Los datos que proporciona el análisis son, por tanto, representativos de la penetración de los transgénicos en el mercado de alimentación.

En cuanto a la metodología seguida en el análisis (PCR: reacción en cadena de la polimerasa), basada en los últimos avances registrados en la tecnología para detección de OGM, la técnica cualitativa (que detecta presencia o ausencia de OGM) es la que está validada a nivel europeo, mientras que la técnica cuantitativa (que determina, en forma de porcentaje, la cantidad de OGM respecto del total del maíz o soja que contiene) es la utilizada y avalada por el CSIC, organismo de referencia a nivel español. Ambas son las más comunes y mejor aceptadas por la comunidad científica. Por tanto, son las técnicas que ofrecen los resultados más fiables.

La principal conclusión del análisis es que en sólo dos productos (es decir, menos del 2% de los estudiados) se comprobó presencia de transgénicos, en ambos casos de maíz, y con una presencia ínfima, veinte veces inferior al 1% de su contenido en maíz, proporción a partir de la cual la normativa comunitaria obliga a que el producto informe en su etiquetado de que contiene OGM. Estos dos productos presentaban lo que técnicamente se conoce como "contaminación cruzada o accidental", muy difícil de impedir por los fabricantes. Y ello porque es casi imposible, a fecha de hoy, garantizar la ausencia absoluta y estandarizada de transgénicos en los alimentos. Son dos las razones fundamentales: una, que existen cultivos de plantas transgénicas en muchos países lo que propicia los diversos modos de contaminación y dos, que asegurar esta ausencia total y constante de OGM supondría para los fabricantes un complejo y muy costoso seguimiento de cada producto desde su origen hasta su puesta a la venta, que además tendría que demostrar su eficiencia real en la práctica.

Por otro lado, los dos productos con trazas de transgénicos cumplían la norma de etiquetado, ya que no están obligados a identificarse como transgénicos al no superar los OGM el 1% de su contenido de maiz o soja.